Desde que España aprobó en octubre de 2022 la llamada Ley de Nietos, normativa enmarcada en la Ley de Memoria Democrática que permite acceder a la nacionalidad española, se espera que alrededor de 250 mil descendientes estén en condiciones de realizar el trámite.
Desde que España aprobó en octubre de 2022 la llamada Ley de Nietos, normativa enmarcada en la Ley de Memoria Democrática que permite que hijos y nietos de exiliados españoles durante el franquismo puedan reclamar la nacionalidad española de forma directa, Argentina se convirtió en el país con mayor cantidad de solicitudes.
Según datos publicados por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, desde su entrada en vigencia en los consulados se recibieron 24.729 solicitudes, se aprobaron 12.862 nacionalidades y ya fueron otorgadas 6.653.
De estas solicitudes, 7.119 fueron de argentinos que solicitaron acceder a este derecho, aunque solo a 1.143 se les concedió la posibilidad de la doble nacionalidad.
Fueron realizadas 2.089 solicitudes en el consulado de la Ciudad de Buenos Aires, de las que tuvieron éxito 1.082. En Córdoba, 1.370 (5 ciudadanías otorgadas); en Rosario, 451 (26); en Bahía Blanca, 328 (30); y Mendoza, con 2.881 solicitudes, de las que ninguna logró hacerse efectiva aun.
Después de Argentina, el segundo país con más solicitudes fue Cuba: el Consulado de La Habana recibió 4.041 peticiones, de las cuales se realizaron 1.970 inscripciones. El podio lo completa México, con 3.450 solicitudes y 1.659 inscripciones. En cuarto lugar, Venezuela recibió 1.766 solicitudes y se practicaron 120 inscripciones.
Al aprobarse la Ley de Memoria Democrática, que permite obtener todos los derechos de un ciudadano español como el Ingreso Mínimo Vital, las prestaciones por nacimiento o escolarización y las coberturas de salud pública, el gobierno español calculó que aproximadamente 250.000 descendientes de españoles se encuentran en condiciones de tramitar la ciudadanía.
Ley de Nietos: quiénes pueden solicitar la ciudadanía europea
Según detalló el Ministerio de Asuntos Exteriores, UE y Cooperación de España, la nueva Ley de Nietos permite que los hijos y nietos de personas nacidas en España y exiliadas durante el franquismo adquieran la doble nacionalidad de forma directa, sin necesidad de vivir en el país por un lapso mínimo determinado. Antes sólo podían solicitarla los hijos de ciudadanos españoles.
También aquellas personas que hayan nacido fuera de España de madre española que haya perdido la nacionalidad por haberse casado con un extranjero antes del 29 de diciembre de 1978.
Lo mismo pasa para las personas mayores de edad que sean hijos de padre o madre españoles a quienes se les haya reconocido la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción de la Ley 20/2022 (Ley de Memoria Democrática) o con la Disposición Adicional 7º de la Ley 52/2007 (Memoria Histórica).
Requisitos para obtener la ciudadanía española
- No hay límite de edad
- Los solicitantes dispondrán de dos años para ser otorgada la ciudadanía. Con una prórroga de un año para quienes lo soliciten.
- Estarán contemplados aquellos que perdieron la nacionalidad por casarse con extranjeros antes de la Constitución de 1978.
- Ser hijos y nietos de personas nacidas en España y exiliadas durante el franquismo.
- Ser mayor de edad y ser hijos de padre o madre españoles a quienes se les haya reconocido la nacionalidad de origen con la ley de memoria democrática o histórica.
- Requisitos para hijos directos de españoles
- Personas que hayan nacido previo al 9/1/1985, padre o madre con natalicio fuera de España y que hayan obtenido la nacionalidad antes de que la persona naciera;
- El ciudadano debe tener menos de 21 años, y el padre o la madre tienen que haber nacido fuera del territorio español y tener nacionalidad española previamente a que el aspirante naciera,
- El solicitante tiene que ser menor de 20 años, y el padre o madre haya nacido fuera de España y realizado la nacionalidad española luego de que el aspirante naciera previamente a sus 18 años.
Ley de Nietos: documentación requerida
- Acta de opción por la nacionalidad española: está habilitada en la página web de los consulados españoles en Argentina;
- Partida de nacimiento de progenitores españoles: en caso de que no esté anotado en el Registro Civil del Consulado o en un Registro Civil. El documento debe tener dos años de antigüedad y se obtiene a través del Ministerio de Justicia de España;
- Partida de nacimiento del aspirante: dada por el Registro Civil argentino, tendrá que ser legitimada por el Ministerio del Interior (Ministerio de Relaciones Exterior en el caso de los nacidos de CABA) y contar con la apostilla de La Haya;
- Acta de matrimonio de progenitores: en caso de que no haya este documento, se tendrá que mostrar la partida de nacimiento del padre o madre que no tenga nacionalidad española;
- Pasaporte español o partida de defunción del progenitor español;
- DNI argentino del progenitor español,
- DNI argentino del aspirante.
Fuente : C5N